martes, 21 de octubre de 2008

Miguel Ricart: retrato de un asesino cada vez más cerca de la libertad


En la soledad de su celda de la cárcel de Zuera (Zaragoza) Miguel Ricart, el único condenado por el asesinato de Miriam, Toñi y Desirée, comenzaba a saborear la inminencia relativa de su salida de prisión, prevista para 2011. Para esa fecha habría pasado entre rejas 18 años, casi la mitad de su vida, pues entonces tendrá 40. Sin embargo, lo más probable es que ahora la Audiencia de Valencia rectifique su criterio de 2006 y le aplique la «doctrina Parot». En ese caso, su horizonte de libertad se retrasaría hasta 2023, cuando lleve 30 entre rejas, el máximo de cumplimiento. Le esperarían, pues, 15 años más encarcelado, exactamente el mismo tiempo que lleva cumplido. Si esa decisión de la Audiencia finalmente se produce es fácil imaginar el impacto emocional que recibirá el recluso. Y lo más probable es que vuelva a aplicársele el programa de prevención de suicidios, con la asignación de un preso de apoyo.

Ese es su futuro previsible, pero ya hoy Miguel Ricart, nacido en Catarroja (Valencia), tiene detrás un amplio historial penitenciario. Su primer contacto con una cárcel se remonta a 1992, cuando fue condenado a dos años y cinco meses por tráfico de drogas. Pronto quedó de nuevo en libertad y el 13 de noviembre de ese mismo año, junto a su amigo Antonio Anglés, secuestró, torturó, violó y asesinó a las niñas de Alcácer. Su detención se produjo en enero del siguiente año, pocas horas después de que se encontraran los cadáveres de las víctimas en el paraje La Romana de Tous. Desde ese día nunca ha vuelto a tener un minuto de libertad.

El 31 de enero y el 2 de marzo de 1993, poco después de su detención, Ricart admitió ante los forenses de los juzgados de Alcira Francisco Ros Plaza y Manuel Fonollosa González su implicación en los siniestros crímenes: «Refiere que estuvo implicado y que era en todo momento consciente de lo que ocurría -dice el informe de los peritos-. Conservó en todo momento una correcta percepción del conjunto de circunstancias en relación con lo sucedido (...) Hace mención a que su voluntad se encontraba fuertemente condicionada por el temor. Antonio Anglés le impedía con sus amenazas actuar de otro modo (...) Explica que se encontró arrastrado por una corriente «en la que te dejas llevar y no sabes realmente cómo salir» (...) Llama la atención el mínimo impacto afectivo que la representación mental de estas cuestiones (que las víctimas hubieran sido su madre, su hermana o su hija) suponían en él».

Tras una breve estancia en la cárcel de Valencia, Ricart fue trasladado a la de Castellón. En ambos centros estuvo en aislamiento para protegerle del resto de los presos, que querían hacerle una demostración «en vivo y en directo» de lo que es la ley de la cárcel. Los informes psicológicos de aquella época describen al criminal como una persona muy marcada por la temprana muerte de su madre y el alcoholismo de su padre, que le llevaba a protagonizar episodios de malos tratos. Se marchó de su casa a los 18 años. El interno es descrito como una persona un tanto inmadura, con un desarrollo intelectual inferior al de su edad, influenciable y extrovertido. Además, necesita sentirse arropado por un grupo. Y en aquella época se reconocía como consumidor esporádico de hachís, heroína y fármacos.

A principios de 1994, con la investigación de los crímenes de Alcácer más avanzada, Ricart fue trasladado a la prisión de Herrera de La Mancha, donde ha pasado buena parte de la condena. En ese centro el interno fue a la escuela para intentar sacarse el graduado escolar y realizó algunos trabajos para el módulo, como pintarlo.
En abril de 1997 fue trasladado de nuevo a Valencia para que asistiera al juicio por los atroces crímenes. Ricart fue ingresado en un módulo en el que sólo estaba ocupada otra celda además de la suya. A pesar de la soledad, se llegó a temer que llegaran a las manos. En octubre de ese mismo año se le dio de baja en el programa de prevención de suicidios en el que había estado incluido prácticamente desde los primeros meses de reclusión.

Ya en 1999, de vuelta en Herrera de La Mancha, el Tribunal Supremo confirmó la sentencia de Ricart. Hasta ese momento el recluso había tenido como preventivo un régimen similar al primer grado, que a partir de entonces se confirmó. Por aquella época el preso continuó asistiendo a la escuela y se mostraba colaborador, una circunstancia habitual cuando individuos de su perfil delictivo ingresan en prisión. No obstante, tenía una cierta tendencia a la fabulación e insistía en que nada tenía que ver con los hechos por los que había sido condenado, al contrario de lo que manifestó en su primera entrevista con los forenses del juzgado de Alcira. Sí admitía, en cambio, haber protagonizado algún delito menor. Todos aquellos que por entonces trataron con él destacan su afán de colaboración, probablemente también determinado por su imposibilidad de relacionarse con otros reclusos, al ser rechazado por ese colectivo -una constante de su vida carcelaria-, que incluso llegó a amenazarle.

Ya en 2000, Miguel Ricart fue trasladado a la cárcel de Teixeiro (La Coruña), donde progresó de grado a raíz de un recurso que presentó ante el juez de Vigilancia Penitenciaria. Sin embargo, en 2003 el recluso fue de nuevo calificado en primer grado coincidiendo con su vuelta a Herrera de La Mancha.

Ricart no cesó en su empeño, volvió a recurrir y el juez de Vigilancia Penitenciaria le concedió de nuevo el segundo grado. La Fiscalía se opuso y la Audiencia de Valencia le dio la razón. Por aquella época (noviembre de 2003), y al volver a estar en el foco de la opinión pública Ricart sufrió un incidente en un patio, donde recibió insultos y amenazas de otros internos, lo que obligó a aplicarle el artículo 75 del Régimen Penitenciario que restringía sus movimientos para que no coincidiera con otros presos y garantizar así su seguridad.

Por tercera vez, en 2005 volvió a pedir su progresión de grado, que le volvió a ser concendida por el juez pero sólo en lo relativo a su régimen de vida carcelaria, ya que prohibió expresamente que disfrutara de permisos.

Desde hace dos años Ricart es interno de Zuera. Ahora nadie le reconoce -su aspecto físico ha cambiado-, tiene un comportamiento correcto y no ha tenido problema alguno de convivencia. Trabaja como auxiliar en un taller -es un destino no remunerado-, no ha recibido ni una sola visita y ni siquiera tiene abogado. Su futuro no es precisamente esperanzador. Pero todo arranca de un 13 de noviembre de 1992 cuando arrancó la vida a Miriam, Toñi y Desirée.


Paco Muñoz (ABC)

viernes, 17 de octubre de 2008

Rodríguez Menéndez, la última presa del Grupo de Fugitivos del C.N.P.


El Grupo de Localización de Fugitivos encontró y facilitó la detención en Buenos Aires del prófugo Emilio Rodríguez Menéndez pese a la protección que le prestaron agentes corruptos de la Policía paraguaya. El ex letrado, que cumplía condena en la cárcel gallega de Teixeiro por un delito fiscal y otro de revelación de secretos, aprovechó un permiso que le concedió en agosto el juez Javier San Claudio Piñón para huir, vía Lisboa, a Sudamérica.



El Grupo de Localización de Fugitivos de la Policía Nacional ha detenido a casi 700 criminales desde su creación en el año 2005, concretamente a 684. Los fugados, de más de sesenta nacionalidades, estaban reclamados por diversas autoridades judiciales extranjeras y españolas. Entre ellos se encuentran autores de delitos de lesa humanidad, asesinos, torturadores, traficantes, pedófilos o estafadores.

En los últimos días, este equipo de investigadores ha arrestado a cinco personas más sobre las que pesaban Órdenes Internacionales de Detención emitidas por Alemania, Rusia, Holanda y Perú. Dos de ellos, detenidos en La Rioja y en Palma de Mallorca, eran buscados por asesinato.
El Grupo de Localización de Fugitivos, adscrito a la Comisaría General de Policía Judicial, tiene como misión la averiguación del paradero, localización y detención de delincuentes peligrosos, encartados en actividades de delincuencia organizada o en delitos de especial gravedad. Delincuentes que, además, tengan interesadas Órdenes de Búsqueda y Captura dictadas por jueces o tribunales españoles, Órdenes de Detención Internacional, y Órdenes Europeas de Detención y Entrega.

Amplia cooperación policial nacional e internacional
Los investigadores del Grupo de Fugitivos mantienen constantes contactos con la Oficina Central de INTERPOL-Madrid, la Oficina Central Nacional de SIRENE-España y con EUROPOL-España, unidades que también dependen de la Comisaría General de Policía Judicial, con las que existe una estrecha colaboración. Una importante labor de cooperación policial que se desarrolla en el ámbito internacional con los Oficiales de Enlace de los países extranjeros acreditados en España y que hace posible una eficaz explotación operativa de los datos de que disponen los diferentes países.

Los investigadores españoles mantienen también contactos directos con otras unidades de índole similar de países como Francia, Alemania, Reino Unido, Italia, Bélgica, Holanda, Austria, Noruega, Suecia, Dinamarca y Finlandia. Además, en muchas ocasiones los fugitivos detenidos utilizan documentación falsa para evitar ser localizados, por lo que es muy habitual colaborar estrechamente con otras unidades policiales. Este es el caso de servicios como el SAID (Sistema Automático de Identificación Dactilar) de la Comisaría General de Policía Científica. En base a las impresiones dactilares que constan en los archivos de las distintas policías del mundo, esta unidad especializada emite informes periciales que certifican la identidad de los detenidos.

Relevantes detenciones de fugitivos internacionales
Desde su creación, los investigadores del Grupo de Localización de Fugitivos han realizado importantes arrestos de individuos que, como en el caso de Francisco Javier Martínez Sanmillán, implicado en las operaciones “Nécora” y “Temple”, había permanecido fugado durante más de 14 años.

Otra detención relevante fue la del bautizado por los medios de comunicación franceses como el “rey de las fugas”, Pascal Payet. Arrestado junto a dos miembros de su banda, se les intervino un fusil de asalto, tres armas cortas y una granada de mano, además de una fuerte suma de dinero.
También figura entre los fugitivos localizados por los agentes españoles Ante Gotovina, sobre quien pesaba una Orden Internacional de Detención a fines de extradición, dictada por el Tribunal Penal para la ex Yugoslavia, por delitos de lesa humanidad.

Un último ejemplo del trabajo realizado por el Grupo de Loalización de Fugitivos es la detención de “Beto el gitano”, Edgar Guillermo Vallejo Guarín, reclamado por las autoridades judiciales estadounidenses. Sobre él pesaban tres condenas a cadena perpetua por sus actividades relacionadas con el narcotráfico y se ofrecía una recompensa de 5.000.000 de dólares por su captura.

Cinco detenidos en los últimos días
Durante los últimos días, el Grupo de Localización de Fugitivos ha detenido a otras cinco personas reclamadas internacionalmente. Los arrestados tenían emitidas en su contra Órdenes de Detención a fines de Extradición dictadas por Alemania, Rusia, Holanda y Perú. Dos de ellos eran buscados como presuntos autores de sendos asesinatos cometidos en sus países de origen.

A.A. natural de Kirovakan, Armenia, de 45 años, ha sido arrestado en la localidad de Arrendó (La Rioja). Era buscado por las autoridades judiciales rusas como autor de un asesinato de una mujer ocurrido en la ciudad de Krasodar (Rusia) en el año 1999. Podría ser condenado a cadena perpetua.

En otra actuación, realizada en Palma de Mallorca en colaboración con agentes del Grupo Especial de Fugitivos de la Policía de Munich, ha sido detenido W.K.M., de origen alemán. Las autoridades alemanas cursaron recientemente la Orden Internacional de Detención, al comprobar mediante el cotejo de ADN que se trataba del autor del asesinato de otro súbdito alemán.

También han detenido en Barcelona a J.E.E.R., natural de Lima (Perú) de 55 años, reclamada por la Corte Superior de Justicia de Lima por un delito de tráfico de estupefacientes. En el año 2004 la policía peruana fue alertada por personal de una empresa de mensajería de la localidad peruana de San Isidro de la presencia de un envío que tenía como destinataria a la reclamada. En su interior se encontró una importante cantidad de cocaína.

Por último, otros dos reclamados han sido arrestados en las localidades de Teulada y Altea (Alicante) por delitos económicos. Los agentes del Grupo de Localización de Fugitivos, con la colaboración de la UDEV y del Grupo de Homicidios de la Comisaría Provincial, localizaron y detuvieron a A.K., de 28 años, de origen bielorruso, y a A.R.R., de 61 años, de nacionalidad holandesa.


(Serv. Prensa Moncloa)

viernes, 3 de octubre de 2008

El drama de los falsos culpables


Este verano ha sido el primero, en 13 años, que Rafael Ricardi ha podido disfrutar en libertad, por un crimen que no cometió. Un informe del Instituto Nacional de Toxicología (INT) ha determinado que la violación, por la que fué condenado hace más de dos lustros, no fué cometida por él.
Solo un par de meses antes la Audiencia de Barcelona absolvio a dos modelos argentinas que, desde octubre de 2006, parmanecían encarcelandas por tráfico de drogas. Después de año y medio en prisión, la Sección Séptima ha absuelto a las acusadas, María Belén Téllez y Jessica Almada, de 20 y 22 años, respectivamente, al considerar que no ha quedado probado que las chicas supieran que llevaban cocaína en el interior de las maletas de su representante y también imputado, Alejandro Panno. Menos fortuna han tenido otros condenados por crímenes ajenos, como Claudio Alba, que fue condenado por los primeros asesinatos cometidos por Joaquín Ferrandiz, el asesino en serie de Castellón. Su inocencia solo se demostró tras la captura de Ferrández, pero Alba falleció poco tiempo después de salir de la cárcel, y sin llegar a tener la oportunidad de cobrar la indemnización del Estado, por haberlo condenado injustamente.

Mas sangrantes son los casos de falsos culpables, como Abderrazak Mounib, que falleció en prisión, antes de saber que el verdadero autor de los crímenes que le imputaban injustamente, iba a ser detenido, y su inocencia demostrada.

Con frecuencia las víctimas de un delito se quejan porque en apariencia, los delincuentes parecen disponer de más derechos y garantias procesales de los que merecen. "Si todos sabemos que es culpable, porque no lo condenan ya. Porque un abogado puede evitarle la carcel por un tecnicismo si tiene esa cara de criminal...". Son expresiones que todos hemos escuchado alguna vez. Pues bien, si la justicia ha evolucionado tanto desde Hamurabi, es precisamente para buscar el máximo de garantias a la hora de considerar a un sospechoso como culpable de un delito. Y aún así continuamos cometiendo errores... Este articulo de Monica Belaza y Braulio García lo ilustra muy bien.

Inocentes en la cárcel

Pasó casi seis años en prisión por un delito que no había cometido. Ahora sólo quiere encontrar trabajo y "olvidar lo antes posible todo lo ocurrido durante los últimos años", relata conmocionado Francisco Javier G. R.
Pasó casi seis años en prisión por un delito que no había cometido. Ahora sólo quiere encontrar trabajo y "olvidar lo antes posible todo lo ocurrido durante los últimos años", relata conmocionado Francisco Javier G. R. Fue detenido en 1999 y condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz a 12 años de cárcel por la violación de un niño de nueve. El menor le había identificado cuatro veces "de forma inmediata, sin la menor duda". Se equivocó. El Tribunal Supremo lo absolvió el pasado junio, tras aparecer nuevas pruebas que demostraban que estaba trabajando en su tienda de informática cuando ocurrieron los hechos.

En Cataluña, Ahmed Tommouhi y Abdelrrazak Mounib fueron condenados a 51 años de cárcel por la violación repetida de una mujer en Olesa de Montserrat (Barcelona) en 1991. El verdadero agresor fue detenido cuatro años más tarde y el Supremo los declaró inocentes en 1997, gracias a pruebas de ADN. José Manuel R. D., abogado gallego, fue condenado a nueve años de cárcel en 1999 por dos atracos a bancos y detenido por otros 13. En 2003 apareció el verdadero atracador.
En todas estas condenas hay un elemento común: la única prueba de cargo fue la declaración de las víctimas (testigos en el caso del abogado gallego), que rotundamente identificaron a personas inocentes como autores de los delitos. El Tribunal Supremo y el Constitucional consideran que el testimonio de una víctima o testigo puede ser prueba suficiente para condenar. Y lo que más valoran es la seguridad con la que se reconoce al acusado.

Este criterio es rechazado por la llamada psicología del testimonio. Los expertos coinciden en que, a lo largo de los procedimientos de identificación, las víctimas muchas veces ponen la cara del sospechoso al recuerdo borroso que tienen del agresor. ¿Cómo llega una víctima o testigo a reconocer, con total seguridad, a una persona inocente como culpable? La catedrática de Psicología de la Universidad Autónoma de Madrid Margarita Diges y el profesor de la Universidad de Elche José J. Mira indican en un artículo que en las identificaciones erróneas influyen múltiples factores: el tiempo pasado entre delito y reconocimiento, la edad y sexo de víctima y agresor, los prejuicios y el tipo de agresión. Afirman que no hay relación entre la seguridad de la víctima al identificar y la exactitud del recuerdo.

Frente a la creencia común de que las víctimas de un delito graban en su memoria todo lo ocurrido, en realidad la angustia y el estrés hacen muy difícil que tengan la "objetividad necesaria para registrar los detalles del delito y de su autor", afirma el magistrado del Tribunal Supremo Perfecto Andrés Ibáñez.

Diges y Mira señalan que los sistemas de identificación de la policía y los jueces pueden influir en los testigos y crearles falsos recuerdos. Al cometerse un delito, normalmente víctimas y testigos van a comisaría para hacer la denuncia y una primera declaración en la que describen al autor. La policía les enseña álbumes de fotos de sospechosos, en los que sólo debe haber personas que hayan cometido delitos de iguales características. Si identifican a alguien, se suele realizar una rueda de reconocimiento en la que, con el sospechoso, tiene que haber personas de características físicas similares.

Este protocolo de actuación no siempre se cumple. Francisco Javier G. R. no había sido nunca detenido ni condenado por un delito contra la libertad sexual y, pese a ello, su foto fue mostrada por la policía a un niño violado. Y un fiscal de Murcia cuenta, atónito, que hace una semana presenció una rueda de reconocimiento en la que el sospechoso, negro, estaba acompañado sólo por blancos.

No es raro que el juez ordene repetir una rueda para ver si el testigo se ratifica, lo que, según el magistrado Andrés Ibáñez, no tiene sentido. "Una primera identificación equivocada sirve para que luego el testigo identifique al sospechoso sólo porque le suena de la primera rueda", explica.
La mayoría de los jueces suele considerar que las irregularidades de la investigación policial se solventan con la ratificación de los testigos en el juicio, ya que se entiende que "frente al tribunal se dan todas las garantías", indica Vicente Guzmán Fluja, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Pablo de Olavide. Los psicólogos consultados aseguran que la certeza de un testigo en el juicio no es relevante si las identificaciones previas han sido irregulares.

Los jueces plantean que es difícil no hacer caso a la víctima cuando su declaración es la única prueba. El magistrado Perfecto Andrés Ibáñez indica, sin embargo, que hay pocos casos "puros" en los que sólo esté la palabra de la víctima contra la del acusado. Casi siempre hay otras pruebas, aunque a veces "no son tomadas en consideración porque en España los tribunales motivan poco las sentencias", señala. Cuando se analizan "rigurosamente" todas las pruebas aparecidas a lo largo del procedimiento, "a veces se llega a la conclusión de que no se puede condenar". Y si realmente no hay más pruebas, "en un Estado de Derecho debería primar la presunción de inocencia del acusado", concluye.

En el caso de Francisco Javier G. R., ninguna prueba objetiva corroboró la declaración de la víctima. Y había pruebas a favor. Una empleada de la academia de Francisco Javier había asegurado haber hablado con él, en persona, a la hora en que ocurrieron los hechos, pero en la sentencia ni siquiera se hace referencia a ese testimonio. Sólo por el empeño de su mujer, que consiguió dos testigos que probaron su inocencia dos años después de la condena, ha salido de la cárcel.

¿Cómo repara el Estado a las víctimas de errores? Con indemnizacione que dependen de las circunstancias. No hay tablas. Los criterios que maneja el Supremo para la cuantía son el tiempo de privación de libertad, la edad, salud, el delito, la huella que haya dejado la cárcel en la personalidad. Por un año de prisión preventiva, el Supremo otorgó a un chico de 21 años una indemnización de 20 millones de pesetas en 1999.

En España no hay estadísticas sobre identificaciones erróneas, pero en EE UU las cifras señalan que son causa del 80% de las condenas a inocentes, según el presidente de la Asociación Americana de Psicología Legal, Gary L. Wells. El miércoles pasado, Luis Díaz, de 67 años y origen cubano, fue excarcelado en Miami tras 26 años en prisión por violaciones que no había cometido. La única prueba en su contra: ocho víctimas le habían identificado, sin dudar, como su agresor.